Artículo 35. Colaboración entre las administraciones públicas.
1. La Administración General del Estado; las administraciones de las comunidades y ciudades con Estatuto de Autonomía y las entidades locales cooperarán entre sí para integrar la igualdad de trato y no discriminación; y la lucha contra la intolerancia; en el ejercicio de sus respectivas competencias y; en especial; en sus instrumentos de planificación y gestión.
2. En el seno de la Conferencia Sectorial de Igualdad; podrán adoptarse planes y programas conjuntos de actuación con esta finalidad.
Normativa: Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación.
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