Artículo 39 de la Ley de igualdad de trato

Artículo 39. Diálogo con las organizaciones no gubernamentales.

La Administración General del Estado; las Administraciones de las comunidades autónomas y ciudades con Estatuto de Autonomía y las entidades locales fomentarán el diálogo con las organizaciones no gubernamentales que tengan un interés legítimo en contribuir a la lucha contra la discriminación y la intolerancia; con el fin de promover el principio de igualdad de trato y el valor de la tolerancia.

Normativa: Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación.

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Miguel Escobar Navarro
Asesor Laboral en Aprende RED - Ayudo a gestores y asesores laborales al uso del Sistema RED y otras gestiones laborales