Artículo 46 de la Ley de Prevención de Riesgos laborales

Artículo 46. Infracciones leves.

(Derogado)

Se deroga por la disposición derogatoria única.2.c) del Real Decreto Legislativo 5/2000

Normativa: de 4 de agosto. Ref. BOE-A-2000-15060

Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 228

¿Tienes más dudas sobre el Artículo 46 de la Ley de Prevención de Riesgos laborales?

Únete a nuestra comunidad y recibe contenido exclusivo en tu correo.