Artículo 51 de la Ley de prevención de Riesgos Laborales

Fecha última actualización: 28 de marzo 2023

En esta publicación te indicamos el Artículo 51 de la Ley de prevención de Riesgos Laborales completo.

Artículo 51. Prescripción de las infracciones.

(Derogado)

Se deroga por la disposición derogatoria única.2.c) del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto. Ref. BOE-A-2000-15060

Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 228, de 22 de septiembre de 2000. Ref. BOE-A-2000-17128

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