Normativa Sistema RED
Disposición final tercera de la Normativa Sistema RED
Disposición final tercera. Entrada en vigor. La presente orden entrará en vigor el día 1 del mes siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Normativa: Orden…Disposición final segunda de la Normativa Sistema RED
Disposición final segunda. Facultades de aplicación y desarrollo. Se faculta al Director General de la Tesorería General de la Seguridad Social para dictar cuantas resoluciones resulten necesarias para la aplicación…Disposición final primera de la Normativa Sistema RED
Disposición final primera. Título competencial. Esta orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.17.ª de la Constitución Española; que atribuye al Estado la competencia exclusiva en…Disposición derogatoria única de la Normativa Sistema RED
Disposición derogatoria única. Derogación normativa. 1. Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango en tanto contradigan o se opongan a lo establecido en esta orden.2. Quedan derogadas…Disposición transitoria única de la Normativa Sistema RED
Disposición transitoria única. Autorizaciones para actuar a través del Sistema RED otorgadas con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de esta orden. Respecto a las autorizaciones para actuar…Disposición adicional segunda de la Normativa Sistema RED
Disposición adicional segunda. Servicio de asistencia y orientación para la cumplimentación de las actuaciones de encuadramiento; cotización y recaudación por medios electrónicos. En el marco de lo previsto por el…Disposición adicional primera de la Normativa Sistema RED
Disposición adicional primera. Exención de la obligación de presentación de la relación nominal de trabajadores. En aquellos supuestos en los que existiendo transmisión electrónica de la relación nominal de trabajadores…Artículo 9 de la Normativa Sistema RED
Artículo 9. Validez de los documentos generados por impresión autorizada de las actuaciones tramitadas electrónicamente a través del Sistema RED. Los documentos generados por impresión autorizada de las actuaciones tramitadas…Artículo 10 de la Normativa Sistema RED
Artículo 10. Conexión y modalidades de trabajo. 1. La conexión para el intercambio electrónico de datos o documentos se realizará a través de internet.Excepcionalmente; la Tesorería General de la Seguridad…Artículo 1 de la Normativa Sistema RED
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación objetivo. 1. Esta orden tiene por objeto regular el Sistema de remisión electrónica de datos (en adelante; Sistema RED); como un servicio gestionado…Artículo 8 de la Normativa Sistema RED
Artículo 8. Efectos de la transmisión electrónica de datos o documentos a través del Sistema RED. 1. La remisión electrónica de datos o documentos relativos a actuaciones de inscripción de…Artículo 7 de la Normativa Sistema RED
Artículo 7. Responsabilidad de los autorizados. La responsabilidad de las actuaciones realizadas recae en todo caso sobre el autorizado; con independencia de quien las efectúe; y sin perjuicio de la…Artículo 6 de la Normativa Sistema RED
Artículo 6. Requisitos para el ejercicio efectivo de las autorizaciones RED. Para el intercambio efectivo de los datos o documentos y recepción de las comunicaciones y notificaciones de las actuaciones…Artículo 5 de la Normativa Sistema RED
Artículo 5. Autorización para actuar a través del Sistema RED. 1. Para operar en el ámbito de actuación definido en el artículo 1; será necesario contar con autorización otorgada por…Artículo 4 de la Normativa Sistema RED
Artículo 4. Características del Sistema RED. 1. El Sistema RED comprenderá las aplicaciones informáticas y telemáticas que en cada momento resulten precisas para el cumplimiento de la finalidad antes indicada;…Artículo 3 de la Normativa Sistema RED
Artículo 3. Incidencia de la incorporación efectiva al Sistema RED en la adquisición y mantenimiento de beneficios en la cotización a la Seguridad Social. 1. Conforme a lo previsto en…Artículo 2 de la Normativa Sistema RED
Artículo 2. Ámbito de aplicación subjetivo. 1. La incorporación al Sistema RED será obligatoria para los sujetos responsables de la obligación de cotizar a que se refiere el apartado 2…