Artículo 34. Efectos de la afiliación: registro; número y documentos de afiliación.
1. La afiliación de los trabajadores y asimilados se registrará en el mismo fichero general de afiliación; en el que figurarán todos los comprendidos en el campo de aplicación del sistema de la Seguridad Social. Dicho Registro estará a cargo de la Tesorería General de la Seguridad Social y contendrá los datos y la organización necesarios para desarrollar la gestión del sistema de la Seguridad Social.
2. A efectos de su afiliación al sistema de la Seguridad Social; a cada trabajador se asignará su mismo número de la Seguridad Social; que tendrá carácter vitalicio y válido para todo el territorio del Estado y que se hará constar en el Registro a que se refiere el apartado anterior.
Cuando se trate de trabajador por cuenta propia o autónomo; el código de cuenta de cotización deberá coincidir con su número de la Seguridad Social o; en su defecto; con el número de afiliación a la Seguridad Social que se asigne a dicho trabajador.
3. El reconocimiento de la condición de afiliado a la Seguridad Social; además de los efectos que para las altas se determinan en el apartado 1 del artículo siguiente; dará derecho a obtener el documento de afiliación a la Seguridad Social; que será expedido y; en su caso; renovado por la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social o Administración de la misma competente. Dicho documento contendrá; además del número de la Seguridad Social; los datos que determine el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y acreditará preferentemente la condición de afiliado que le hubiere sido reconocida.
4. La Tesorería General de la Seguridad Social facilitará a cada trabajador afiliado el documento de afiliación o; en sustitución del mismo; el documento identificativo en la Seguridad Social a que se refiere el artículo 22 de este Reglamento.
Normativa: Real Decreto 84/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social.
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