Disposición transitoria cuarta de la Ley de empleo

Fecha última actualización: 28 de marzo 2023

En esta publicación te indicamos el Disposición transitoria cuarta de la Ley de empleo completo.

Disposición transitoria cuarta. Disposiciones aplicables a las agencias de colocación con autorización vigente a 5 de julio de 2014.

1. Las agencias de colocación que tuvieran autorización vigente a 5 de julio de 2014 podrán desarrollar su actividad en todo el territorio nacional sin necesidad de presentar declaración responsable.

2. En los supuestos a que se refiere el apartado anterior, será autoridad laboral competente, a todos los efectos establecidos en esta ley, la que hubiera concedido la autorización.

¿Tienes más dudas sobre el Disposición transitoria cuarta de la Ley de empleo?

Únete a nuestra comunidad y recibe contenido exclusivo en tu correo.