Artículo 19 de la Ley de Empleo

Artículo 19. Concepto y misión.

La Agencia Española de Empleo será una entidad de derecho público de la Administración General del Estado a la que se le encomienda la ordenación; desarrollo y seguimiento de los programas y medidas de las políticas activas de empleo y de protección por desempleo; en el marco de lo establecido en esta ley.

Normativa: Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo.

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Miguel Escobar Navarro
Asesor Laboral en Aprende RED - Ayudo a gestores y asesores laborales al uso del Sistema RED y otras gestiones laborales