Disposición transitoria decimonovena. Régimen de encuadramiento de determinados socios de trabajo.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 14.2 de esta ley; las cooperativas que; al amparo de la disposición transitoria séptima de la Ley 3/1987; de 2 de abril; General de Cooperativas; optaron por mantener la asimilación de sus socios de trabajo a trabajadores autónomos; a efectos de Seguridad Social; conservarán ese derecho de opción en los términos establecidos en el artículo 14.1.
No obstante; si dichas cooperativas modificaran el régimen de encuadramiento de sus socios de trabajo; para su incorporación como trabajadores por cuenta ajena; en el régimen que corresponda; no podrán volver a ejercitar el derecho de opción.
Normativa: Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
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