Artículo 43 del Reglamento general de Cotización y liquidación Seguridad Social

Artículo 43. Sujetos de la obligación de cotizar.

1. En el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos son sujetos de la obligación de cotizar las personas que; por razón de su actividad; se encuentran obligatoriamente incluidas en su campo de aplicación.

2. Los sujetos de la obligación de cotizar en este régimen especial son también responsables directos del cumplimiento de dicha obligación respecto de sí mismos.

Son responsables subsidiarios del cumplimiento de la obligación de cotizar los trabajadores autónomos y los titulares de explotaciones agrarias incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios con respecto a sus cónyuges y demás parientes incorporados en este régimen; respectivamente; en virtud de los artículos 305.2.k) y 324.3 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social; así como las sociedades a que se refiere el artículo 305.2.c) del citado texto refundido con respecto a sus socios; sin perjuicio; en ambos casos; del derecho del responsable subsidiario a repetir contra el principal obligado al pago.

Las cooperativas de trabajo asociado que hayan optado por la incorporación de sus socios trabajadores en este régimen especial responderán solidariamente del cumplimiento de la obligación de cotizar de aquellos.

Se modifica; con efectos de 1 de enero de 2023; por el art. 5.1 del Real Decreto-ley 13/2022; de 26 de julio. Ref. BOE-A-2022-12482

Se modifica el apartado 2; con efectos de 1 de enero de 2023; por el art. 2.2 del Real Decreto 504/2022; de 27 de junio. Ref. BOE-A-2022-10677

Téngase en cuenta que se modifica la entrada en vigor del citado Real Decreto por el art. 6.2 del Real Decreto-ley 13/2022; de 26 de julio. Ref. BOE-A-2022-12482

Se modifica; con efectos de 1 de enero de 2018; el apartado 2 por la disposición final 2.1 de la Ley 6/2017; de 24 de octubre. Ref. BOE-A-2017-12207

Se modifican los apartados 1 y 3 por el art. 2.2 del Real Decreto 1382/2008; de 1 de agosto. Ref. BOE-A-2008-14777

Se modifica el párrafo segundo del apartado 2 por el art. 1.7 del Real Decreto 335/2004; de 27 de febrero. Ref. BOE-A-2004-4968

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Normativa: Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social.

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Miguel Escobar Navarro
Asesor Laboral en Aprende RED - Ayudo a gestores y asesores laborales al uso del Sistema RED y otras gestiones laborales