Disposición adicional segunda de la Ley de igualdad de trato

Disposición adicional segunda. Asistencia jurídica a la Autoridad Independiente para la Igualdad de Trato y la No Discriminación.

La asistencia jurídica, consistente en el asesoramiento, representación y defensa en juicio, de la Autoridad Independiente para la Igualdad de Trato y la No Discriminación se llevará a cabo de conformidad con la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas.

Normativa: Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación.

¿Tienes más dudas sobre el Disposición adicional segunda de la Ley de igualdad de trato?

Únete a nuestra comunidad y recibe contenido exclusivo en tu correo.