Disposición adicional duodécima. Participación institucional en las Comunidades Autónomas.
En las Comunidades Autónomas; la participación institucional; en cuanto a su estructura y organización; se llevará a cabo de acuerdo con las competencias que las mismas tengan en materia de seguridad y salud laboral.
Normativa: Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
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