Disposición adicional octava. Identificación de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.
Todas las referencias que en la legislación vigente se efectúan a la Conferencia Sectorial de Asuntos Laborales o a sus funciones deben entenderse realizadas a la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.
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