Disposición transitoria segunda del Reglamento General Cotización y Liquidación Seguridad Social

Fecha última actualización: 28 de marzo 2023

En esta publicación te indicamos el Disposición transitoria segunda del Reglamento General Cotización y Liquidación Seguridad Social completo.

Disposición transitoria segunda. Mejoras de bases de cotización.

Las diferencias por mejoras de bases de cotización sobre las bases obligatorias correspondientes que pudieren subsistir serán objeto de cotización mediante la aplicación a aquéllas de los coeficientes que, para cada ejercicio económico, fije el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en función del objeto de las mejoras.

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