Disposición adicional tercera. Aplicación de los procedimientos de apremio y de deducción para la recaudación de reintegros o exigencia de responsabilidades en favor de los entes gestores de los conceptos de ingreso conjunto con las cuotas de la Seguridad Social.
Los procedimientos de apremio y de deducción regulados en este reglamento serán aplicables para la recaudación de los reintegros o la exigencia de responsabilidades en favor de los entes gestores de los conceptos que se recauden conjuntamente con las cuotas de la Seguridad Social; como consecuencia de la anulación; reducción o imputación de responsabilidades al empresario; administración o entidad pública correspondiente respecto de los derechos reconocidos a los perceptores de los beneficios concedidos por aquéllos; en todo lo que no se halle expresamente previsto en sus normas específicas.
Se modifica por el art. único.19 del Real Decreto 1621/2011; de 14 de noviembre. Ref. BOE-A-2011-17976.
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Normativa: Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social.
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