Artículo 56 del Reglamento General Cotización y Liquidación Seguridad Social

Fecha última actualización: 28 de marzo 2023

En esta publicación te indicamos el Artículo 56 del Reglamento General Cotización y Liquidación Seguridad Social completo.

Artículo 56. Sujetos de la obligación de cotizar.

En el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón estarán sujetos a la obligación de cotizar los trabajadores por cuenta ajena que, en razón a la actividad que realicen, se encuentren incluidos en el campo de aplicación de dicho Régimen así como los empresarios incluidos en el mismo por cuya cuenta trabajen aquéllos.

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