Artículo 21 de Medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas

Artículo 21. Bonificación por la contratación indefinida de personas desempleadas de larga duración.

La contratación indefinida de personas desempleadas e inscritas en la oficina de empleo al menos doce meses en los dieciocho meses anteriores a la contratación dará derecho a una bonificación en la cotización; en los términos establecidos en el artículo 10; de 110 euros/mes durante tres años.

Cuando estos contratos se concierten con mujeres o con personas de 45 o más años; la bonificación indicada será de 128 euros/mes durante tres años.

Normativa: Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas.

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Miguel Escobar Navarro
Asesor Laboral en Aprende RED - Ayudo a gestores y asesores laborales al uso del Sistema RED y otras gestiones laborales