Artículo 16 de Medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas

Artículo 16. Bonificaciones por la contratación indefinida de mujeres víctimas de violencia de género; de violencias sexuales y de trata de seres humanos; tanto con fines de explotación sexual como laboral.

La contratación indefinida de mujeres que tengan acreditada la condición de víctimas de violencia de género; de violencias sexuales o de trata de seres humanos; de explotación sexual o de explotación laboral; y mujeres en contextos de prostitución conforme a las definiciones contenidas en el artículo 6.e); f) y g); respectivamente; dará derecho a una bonificación en la cotización; en los términos establecidos en el artículo 10; de 128 euros/mes durante cuatro años.

Normativa: Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas.

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Miguel Escobar Navarro
Asesor Laboral en Aprende RED - Ayudo a gestores y asesores laborales al uso del Sistema RED y otras gestiones laborales