Disposición final quinta de la Ley Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo.

Disposición final quinta. Habilitación normativa.

Se faculta a la persona titular del Ministerio de Trabajo y Economía Social para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo normativo y la aplicación de este real decreto y; en particular; para la determinación de la forma y contenido de la información estadística de los procedimientos relativos al Mecanismo RED.

Normativa: Real Decreto 608/2023, de 11 de julio, por el que se desarrolla el Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo.

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Miguel Escobar Navarro
Asesor Laboral en Aprende RED - Ayudo a gestores y asesores laborales al uso del Sistema RED y otras gestiones laborales