Artículo 3. Medidas aplicables.
1. Una vez activado el Mecanismo RED; las empresas podrán solicitar voluntariamente a la autoridad laboral competente la reducción de la jornada o la suspensión de los contratos de trabajo; mientras esté activado el Mecanismo; en cualquiera de sus centros de trabajo y en los términos previstos en este real decreto.
El contrato de trabajo podrá suspenderse cuando el cese de la actividad que venía desarrollando la persona trabajadora afecte a días completos; continuados o alternos; durante al menos una jornada ordinaria de trabajo.
Se entenderá por reducción de jornada la disminución temporal de la actividad laboral; que podrá computarse sobre la base de la jornada diaria; semanal; mensual o anual. La reducción de la jornada de trabajo diaria podrá conllevar el cese de actividad durante un máximo de horas al día; mientras que la reducción de la jornada semanal; mensual o anual podrá suponer el cese de actividad durante unas horas al día o durante jornadas completas; dentro del límite porcentual máximo; semanal; mensual o anual; fijado.
En la medida en que ello sea viable; se priorizará la adopción de medidas de reducción de jornada frente a las de suspensión de contratos.
2. Durante la aplicación de un expediente derivado del Mecanismo RED; cada persona trabajadora solo podrá verse afectada en exclusiva por una reducción de su jornada o por una suspensión de su contrato; sin que quepa una combinación de ambas; y sin perjuicio de la afectación o desafectación; o de la variación en el porcentaje de reducción de jornada; que se produzcan ante la alteración de las circunstancias alegadas como causa justificativa de las medidas.
3. El alcance y duración de las medidas de suspensión de los contratos o de reducción de jornada se adecuarán a la situación que se pretende superar; entendida en los términos del acuerdo de activación.
Normativa: Real Decreto 608/2023, de 11 de julio, por el que se desarrolla el Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo.
¿Tienes más dudas sobre el Artículo 3 de la Ley Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo.?