Artículo 57 del Estatuto de los trabajadores

Artículo 57. Procedimiento concursal.

En caso de concurso; a los supuestos de modificación; suspensión y extinción colectivas de los contratos de trabajo y de sucesión de empresa; se aplicarán las especialidades previstas en la Ley 22/2003; de 9 de julio; Concursal.

Normativa: Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

¿Tienes más dudas sobre el Artículo 57 del Estatuto de los trabajadores?

Únete a nuestra comunidad y recibe contenido exclusivo en tu correo.
Miguel Escobar Navarro
Asesor Laboral en Aprende RED - Ayudo a gestores y asesores laborales al uso del Sistema RED y otras gestiones laborales