Exenciones fiscales en prestaciones del INSS

Fecha última actualización: 08 de marzo 2023

¿Qué prestaciones económicas gestionadas por el INSS están exentas del IRPF? ¿Se incluyen las pensiones de viudedad? Además, ¿cómo se aplica la tributación a los pensionistas residentes en el extranjero? ¿Depende de si existe un convenio bilateral suscrito por España para evitar la doble imposición fiscal? Por favor, aclárenme estas dudas.

Respuesta a la consulta

Se consideran rentas exentas del IRPF las siguientes prestaciones económicas gestionadas por el INSS:

  • Incapacidad permanente absoluta y gran invalidez
  • Jubilación: derivada de gran invalidez y de incapacidad permanente absoluta.
  • Pensión de orfandad
  • Auxilio por defunción.
  • Auxilio por defunción de la Gerencia del Fondo Especial.
  • Pensión en favor de familiares de menores de 22 años o incapacitados para todo trabajo.
  • Prestaciones derivadas de actos de terrorismo.

En cuanto a la tributación de los pensionistas residentes en el extranjero, se tendrá en cuenta si existe o no convenio bilateral suscrito por España, para evitar la doble imposición fiscal.

Descargo de responsabilidad: Ten en cuenta que la respuesta a esta consulta ha sido proporcionada considerando el momento y las circunstancias, así como cualquier información adicional proporcionada, lo que podría diferir de otras consultas de naturaleza similar. Los miembros de Aprende RED pueden utilizar el chat y proporcionar toda la información necesaria para resolver su consulta.