¿Es necesario celebrar un contrato de relevo en todos los casos de jubilación? Por ejemplo, si el trabajador que se jubila no tiene un puesto específico que deba ser cubierto por otro empleado. Además, ¿qué otras opciones existen para cubrir la vacante dejada por el trabajador jubilado? Me interesa conocer todas las acciones disponibles en este tema. ¿Podría proporcionar más información al respecto?
Contrato de relevo y opciones de vacantes.
Fecha última actualización: 08 de marzo 2023
Respuesta a la consulta
Sí. En este caso, no será necesario que se celebre simultáneamente un contrato de relevo.
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