¿Qué opciones tengo si no puedo aplicar el procedimiento especial para que la Entidad gestora efectúe los descuentos sobre las prestaciones que abona? Además, ¿qué sucede si, habiendo aplicado el procedimiento especial, no puedo efectuar las deducciones necesarias para cancelar la deuda en el plazo máximo previsto debido al fallecimiento del deudor, la extinción de la prestación que estaba percibiendo o cualquier otra causa?
Opciones y consecuencias de no poder aplicar procedimiento especial.
Fecha última actualización: 08 de marzo 2023
Respuesta a la consulta
Cuando no sea posible aplicar el procedimiento especial, mediante el cual la Entidad gestora efectúa los descuentos sobre las prestaciones que abona, así como cuando, habiéndose aplicado el mismo, no fuese posible efectuar las deducciones necesarias para cancelar la deuda en el plazo máximo previsto por fallecimiento del deudor, por extinción de la prestación que aquél viniese percibiendo o por cualquier otra causa.
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