Disposición adicional cuarta. Salvaguarda de las competencias de las Comunidades Autónomas.
Lo dispuesto en los artículos 74 y 90 de este Reglamento; se entiende sin perjuicio de las funciones que hayan sido asumidas por las Comunidades Autónomas en materia de Servicios Sociales.
Normativa: Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social.
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