Artículo 54 del Reglamento general de Cotización y liquidación Seguridad Social

Artículo 54. Período de liquidación y contenido de la obligación de cotizar.

1. Respecto de los trabajadores por cuenta ajena incluidos en este régimen especial; el nacimiento; duración y extinción de la obligación de cotizar y el período; forma y plazo de la liquidación de las cuotas; así como su comprobación y control; se regirán por lo dispuesto en el artículo 28 de este reglamento para el Régimen General de la Seguridad Social.

2. Respecto de los trabajadores por cuenta propia incluidos en este régimen especial; el período; forma y plazo de la liquidación de las cuotas y el nacimiento; duración y extinción de la obligación de cotizar se regirán por lo dispuesto en el artículo 47 de este reglamento para el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.

Se modifica; con efectos de 1 de enero de 2023; por el art. 5.5 del Real Decreto-ley 13/2022; de 26 de julio. Ref. BOE-A-2022-12482

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Normativa: Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social.

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Miguel Escobar Navarro
Asesor Laboral en Aprende RED - Ayudo a gestores y asesores laborales al uso del Sistema RED y otras gestiones laborales