Disposición transitoria segunda. Estructura orgánica.
En tanto se establezca la estructura de las unidades administrativas en las respectivas Direcciones Provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social; en la forma prevista en el artículo 7 del Real Decreto 1314/1984; de 20 de junio; por el que se regula la estructura y competencias de la Tesorería General de la Seguridad Social; según redacción dada por la disposición adicional segunda del Real Decreto 469/2003; de 25 de abril; por el que se modifican parcialmente la estructura orgánica y las funciones del Instituto Nacional de la Seguridad Social y de la Tesorería General de la Seguridad Social; continuarán subsistentes la estructura orgánica y los puestos de trabajo de las unidades de recaudación ejecutiva actuales; en los términos previstos en la disposición transitoria única del citado Real Decreto 469/2003; de 25 de abril.
Normativa: Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social.
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