Artículo 47 bis del Reglamento afiliciación Seguridad Social

Fecha última actualización: 28 de marzo 2023

En esta publicación te indicamos el Artículo 47 bis del Reglamento afiliciación Seguridad Social completo.

Artículo 47 bis. En el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios establecido dentro del Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.

(Suprimido)

Se suprime, con efectos de 1 de enero de 2023, por el art. 1.5 del Real Decreto 504/2022, de 27 de junio. Ref. BOE-A-2022-10677

Téngase en cuenta que se modifica la entrada en vigor del citado Real Decreto por el art. 6.2 del Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio. Ref. BOE-A-2022-12482

Se añade por el art. 1.6 del Real Decreto 1382/2008, de 1 de agosto. Ref. BOE-A-2008-14777

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