Disposición transitoria undécima de la Ley General Seguridad Social

Disposición transitoria undécima. Aplicación de coeficientes reductores de la edad de jubilación.

De conformidad con la disposición transitoria segunda de la Ley 40/2007; de 4 de diciembre; de medidas en materia de Seguridad Social; lo previsto en el párrafo primero del artículo 206.6 de esta ley no se aplicará a los trabajadores incluidos en los diferentes regímenes especiales que; en la fecha de entrada en vigor de la citada ley tuviesen reconocidos coeficientes reductores de la edad de jubilación; siendo de aplicación las reglas establecidas en la normativa anterior.

Se modifica por el art. 1.20 de la Ley 21/2021; de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2021-21652

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Normativa: Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

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Miguel Escobar Navarro
Asesor Laboral en Aprende RED - Ayudo a gestores y asesores laborales al uso del Sistema RED y otras gestiones laborales