Disposición transitoria cuadragésima cuarta de la Ley General Seguridad Social

Fecha última actualización: 28 de marzo 2023

En esta publicación te indicamos el Disposición transitoria cuadragésima cuarta de la Ley General Seguridad Social completo.

Disposición transitoria cuadragésima cuarta. Aplicación del artículo 60 a hechos causantes anteriores.

Lo dispuesto en el artículo 60 1.b).3.ª, en cuanto determina que para el cálculo de períodos cotizados y de bases de cotización no se tengan en cuenta los beneficios en la cotización establecidos en el artículo 237, será de aplicación para el reconocimiento del complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género causadas desde el 4 de febrero de 2021.

Se añade por el art. único.44 del Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo. Ref. BOE-A-2023-6967

 

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