Disposición derogatoria única de la Ley General Seguridad Social

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social; y en particular; las siguientes:

1. El texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social; aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994; de 20 de junio.

2. Los artículos 30 y 31 de la Ley 42/1994; de 30 de diciembre; de Medidas Fiscales; Administrativas y del Orden Social.

3. La disposición adicional decimoquinta de la Ley 30/1995; de 8 de noviembre; de ordenación y supervisión de los Seguros Privados.

4. Los artículos 69 y 77 de la Ley 13/1996; de 30 de diciembre; de Medidas Fiscales; Administrativas y del Orden Social.

5. La disposición adicional decimoquinta de la Ley 66/1997; de 30 de diciembre; de Medidas Fiscales; Administrativas y del Orden Social.

6. La Ley 47/1998; de 23 de diciembre; por la que se dictan reglas para el reconocimiento de la jubilación anticipada del Sistema de la Seguridad Social; en determinados casos especiales.

7. Los artículos 29 y 30 de la Ley 50/1998; de 30 de diciembre; de Medidas Fiscales; Administrativas y del Orden Social.

8. El artículo 26 de la Ley 55/1999; de 29 de diciembre; de Medidas Fiscales; Administrativas y del Orden Social.

9. La disposición adicional sexta de la Ley 12/2001; de 9 de julio; de Medidas urgentes de Reforma del Mercado de Trabajo para el Incremento del Empleo y la Mejora de su Calidad.

10. El artículo 4; la disposición adicional segunda y la disposición transitoria segunda de la Ley 45/2002; de 12 de diciembre; de medidas urgentes para la reforma del sistema de protección por desempleo y mejora de la ocupabilidad.

11. La Ley 28/2003; de 29 de septiembre; reguladora del Fondo de Reserva de la Seguridad Social.

12. La disposición adicional quincuagésima octava de la Ley 30/2005; de 29 de diciembre; de Presupuestos Generales del Estado para el año 2006.

13. La disposición adicional cuarta de la Ley 8/2006; de 24 de abril; de Tropa y Marinería.

14. El artículo 2 de la Ley 37/2006; de 7 de diciembre; relativa a la inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social y a la extensión de la protección por desempleo a determinados cargos públicos y sindicales.

15. La Ley 18/2007; de 4 de julio; por la que se procede a la integración de los trabajadores por cuenta propia del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos; salvo la disposición transitoria primera.

16. Las disposiciones adicionales quinta; novena; decimocuarta y vigésimo séptima de la Ley 40/2007; de 4 de diciembre; de medidas en materia de Seguridad Social.

17. La disposición adicional decimoquinta de la Ley 27/2009; de 30 de diciembre; de Medidas Urgentes para el Mantenimiento y el Fomento del Empleo y la Protección de las Personas Desempleadas.

18. La Ley 32/2010; de 5 de agosto; por la que se establece un sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos; salvo las disposiciones adicionales décima y undécima.

19. La disposición adicional tercera de la Ley 35/2010; de 17 de septiembre; de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo.

20. El artículo 20 del Real Decreto-ley 13/2010; de 3 de diciembre; de actuaciones en el ámbito fiscal; laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo.

21. El artículo 5 del Real Decreto-ley 5/2011; de 29 de abril; de medidas para la regularización y control del empleo sumergido y fomento de la rehabilitación de viviendas.

22. Las disposiciones adicionales decimoquinta; trigésima tercera; trigésima novena; cuadragésima primera; cuadragésima sexta y quincuagésima segunda y el apartado 2 de la disposición final duodécima de la Ley 27/2011; de 1 de agosto; sobre actualización; adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social.

23. La Ley 28/2011; de 22 de septiembre; por la que se procede a la integración del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social en el Régimen General de la Seguridad Social; salvo la disposición adicional séptima y la disposición final cuarta.

24. La disposición adicional octava del Real Decreto-ley 20/2012; de 13 de julio; de Medidas para Garantizar la Estabilidad Presupuestaria y de Fomento de la Competitividad.

25. La disposición adicional segunda del Real Decreto-ley 29/2012; de 28 de diciembre; de mejora de gestión y protección social en el Sistema Especial de Empleados de Hogar y otras medidas de carácter económico y social.

26. El capítulo I y la disposición adicional primera del Real Decreto-ley 5/2013; de 15 de marzo; de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo.

27. La disposición adicional segunda del Real Decreto-ley 16/2013; de 20 de diciembre; de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores.

28. El capítulo I; las disposiciones adicionales primera; segunda; tercera y cuarta y la disposición final quinta de la Ley 23/2013; de 23 de diciembre; reguladora del factor de sostenibilidad y del índice de revalorización del sistema de pensiones de la Seguridad Social.

Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 36; de 11 de febrero de 2016. Ref. BOE-A-2016-1320.

»

Normativa: Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

¿Tienes más dudas sobre el Disposición derogatoria única de la Ley General Seguridad Social?

Únete a nuestra comunidad y recibe contenido exclusivo en tu correo.
Miguel Escobar Navarro
Asesor Laboral en Aprende RED - Ayudo a gestores y asesores laborales al uso del Sistema RED y otras gestiones laborales