Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social; y en particular; las siguientes:
1. El texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social; aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994; de 20 de junio.
2. Los artículos 30 y 31 de la Ley 42/1994; de 30 de diciembre; de Medidas Fiscales; Administrativas y del Orden Social.
3. La disposición adicional decimoquinta de la Ley 30/1995; de 8 de noviembre; de ordenación y supervisión de los Seguros Privados.
4. Los artículos 69 y 77 de la Ley 13/1996; de 30 de diciembre; de Medidas Fiscales; Administrativas y del Orden Social.
5. La disposición adicional decimoquinta de la Ley 66/1997; de 30 de diciembre; de Medidas Fiscales; Administrativas y del Orden Social.
6. La Ley 47/1998; de 23 de diciembre; por la que se dictan reglas para el reconocimiento de la jubilación anticipada del Sistema de la Seguridad Social; en determinados casos especiales.
7. Los artículos 29 y 30 de la Ley 50/1998; de 30 de diciembre; de Medidas Fiscales; Administrativas y del Orden Social.
8. El artículo 26 de la Ley 55/1999; de 29 de diciembre; de Medidas Fiscales; Administrativas y del Orden Social.
9. La disposición adicional sexta de la Ley 12/2001; de 9 de julio; de Medidas urgentes de Reforma del Mercado de Trabajo para el Incremento del Empleo y la Mejora de su Calidad.
10. El artículo 4; la disposición adicional segunda y la disposición transitoria segunda de la Ley 45/2002; de 12 de diciembre; de medidas urgentes para la reforma del sistema de protección por desempleo y mejora de la ocupabilidad.
11. La Ley 28/2003; de 29 de septiembre; reguladora del Fondo de Reserva de la Seguridad Social.
12. La disposición adicional quincuagésima octava de la Ley 30/2005; de 29 de diciembre; de Presupuestos Generales del Estado para el año 2006.
13. La disposición adicional cuarta de la Ley 8/2006; de 24 de abril; de Tropa y Marinería.
14. El artículo 2 de la Ley 37/2006; de 7 de diciembre; relativa a la inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social y a la extensión de la protección por desempleo a determinados cargos públicos y sindicales.
15. La Ley 18/2007; de 4 de julio; por la que se procede a la integración de los trabajadores por cuenta propia del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos; salvo la disposición transitoria primera.
16. Las disposiciones adicionales quinta; novena; decimocuarta y vigésimo séptima de la Ley 40/2007; de 4 de diciembre; de medidas en materia de Seguridad Social.
17. La disposición adicional decimoquinta de la Ley 27/2009; de 30 de diciembre; de Medidas Urgentes para el Mantenimiento y el Fomento del Empleo y la Protección de las Personas Desempleadas.
18. La Ley 32/2010; de 5 de agosto; por la que se establece un sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos; salvo las disposiciones adicionales décima y undécima.
19. La disposición adicional tercera de la Ley 35/2010; de 17 de septiembre; de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo.
20. El artículo 20 del Real Decreto-ley 13/2010; de 3 de diciembre; de actuaciones en el ámbito fiscal; laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo.
21. El artículo 5 del Real Decreto-ley 5/2011; de 29 de abril; de medidas para la regularización y control del empleo sumergido y fomento de la rehabilitación de viviendas.
22. Las disposiciones adicionales decimoquinta; trigésima tercera; trigésima novena; cuadragésima primera; cuadragésima sexta y quincuagésima segunda y el apartado 2 de la disposición final duodécima de la Ley 27/2011; de 1 de agosto; sobre actualización; adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social.
23. La Ley 28/2011; de 22 de septiembre; por la que se procede a la integración del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social en el Régimen General de la Seguridad Social; salvo la disposición adicional séptima y la disposición final cuarta.
24. La disposición adicional octava del Real Decreto-ley 20/2012; de 13 de julio; de Medidas para Garantizar la Estabilidad Presupuestaria y de Fomento de la Competitividad.
25. La disposición adicional segunda del Real Decreto-ley 29/2012; de 28 de diciembre; de mejora de gestión y protección social en el Sistema Especial de Empleados de Hogar y otras medidas de carácter económico y social.
26. El capítulo I y la disposición adicional primera del Real Decreto-ley 5/2013; de 15 de marzo; de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo.
27. La disposición adicional segunda del Real Decreto-ley 16/2013; de 20 de diciembre; de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores.
28. El capítulo I; las disposiciones adicionales primera; segunda; tercera y cuarta y la disposición final quinta de la Ley 23/2013; de 23 de diciembre; reguladora del factor de sostenibilidad y del índice de revalorización del sistema de pensiones de la Seguridad Social.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 36; de 11 de febrero de 2016. Ref. BOE-A-2016-1320.
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Normativa: Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
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