Artículo 9. Estructura del sistema de la Seguridad Social.
1. El sistema de la Seguridad Social viene integrado por los siguientes regímenes:
a) El Régimen General; que se regula en el título II de la presente ley.
b) Los regímenes especiales a que se refiere el artículo siguiente.
2. Los regímenes especiales del sistema de la Seguridad Social se regularán de conformidad con lo previsto en el artículo 10; apartados 3 y 4. Reglamentariamente se establecerán el tiempo; alcance y condiciones para la conservación de los derechos en curso de adquisición de las personas que pasen de unos a otros regímenes; mediante la totalización de los períodos de permanencia en cada uno de dichos regímenes; siempre que no se superpongan. Dichas normas se ajustarán a lo dispuesto en el presente apartado; cualquiera que sea el régimen a que hayan de afectar; y tendrán en cuenta la extensión y contenido alcanzado por la acción protectora de cada uno de ellos.
Normativa: Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
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