Artículo 354 de la Ley General Seguridad Social

Fecha última actualización: 28 de marzo 2023

En esta publicación te indicamos el Artículo 354 de la Ley General Seguridad Social completo.

Artículo 354. Determinación del grado de discapacidad y de la necesidad del concurso de otra persona.

El grado de discapacidad, a efectos del reconocimiento de las asignaciones por hijo o menor a cargo, así como la situación de dependencia y la necesidad del concurso de otra persona a que se refiere el apartado 2 del artículo anterior se determinarán mediante la aplicación del baremo aprobado por el Gobierno mediante real decreto.

Se modifica por la disposición final 3.3 del Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre. Ref. BOE-A-2020-11416

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