Artículo 3. Irrenunciabilidad de los derechos de la Seguridad Social.
Será nulo todo pacto; individual o colectivo; por el cual el trabajador renuncie a los derechos que le confiere la presente ley.
Normativa: Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
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