Artículo 2. Principios y fines de la Seguridad Social.
1. El sistema de la Seguridad Social; configurado por la acción protectora en sus modalidades contributiva y no contributiva; se fundamenta en los principios de universalidad; unidad; solidaridad e igualdad.
2. El Estado; por medio de la Seguridad Social; garantiza a las personas comprendidas en el campo de aplicación de esta; por cumplir los requisitos exigidos en las modalidades contributiva o no contributiva; así como a los familiares o asimilados que tuvieran a su cargo; la protección adecuada frente a las contingencias y en las situaciones que se contemplan en esta ley.
Normativa: Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
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