Artículo 180 de la Ley General Seguridad Social

Artículo 180. Pérdida o suspensión del derecho al subsidio por nacimiento y cuidado de menor.

El derecho al subsidio por nacimiento y cuidado de menor podrá ser denegado; anulado o suspendido; cuando el beneficiario hubiera actuado fraudulentamente para obtener o conservar dicha prestación; así como cuando trabajara por cuenta propia o ajena durante los correspondientes períodos de descanso.

Se modifica por el art. 4.6 Real Decreto-ley 6/2019; de 1 de marzo. Ref. BOE-A-2019-3244

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Normativa: Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

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Miguel Escobar Navarro
Asesor Laboral en Aprende RED - Ayudo a gestores y asesores laborales al uso del Sistema RED y otras gestiones laborales