Disposición adicional novena bis. Personal militar.
Lo previsto en los capítulos III; V y VII de esta Ley se aplicará de acuerdo con la normativa específica militar.
Se añade por la disposición final 2.2 de la Ley 31/2006; de 18 de octubre. Ref. BOE-A-2006-18204
»
Normativa: Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
¿Tienes más dudas sobre el Disposición adicional novena bis de la Ley de Prevención de Riesgos laborales?