Guía para tramitar el arraigo por formación

Fecha última actualización: 24 de octubre 2023

En esta guía, te proporcionaremos toda la información que necesitas para tramitar el arraigo por formación y conseguir la autorización de residencia y trabajo en España.

Si eres un extranjero que quiere trabajar en España, es posible que hayas oído hablar del arraigo por formación. Como asesoría laboral, puedes utilizar esta guía para poder asesorar mejor a tus clientes.

Esta es una opción para obtener la autorización de residencia y trabajo en España a través de la formación. Pero, ¿qué es el arraigo por formación? ¿Quiénes pueden solicitarlo? ¿Cuáles son los requisitos y el proceso de solicitud? ¡Vamos a ello!

¿Qué es el arraigo por formación?

El arraigo por formación es una opción para los extranjeros que quieren trabajar en España y obtener su residencia mediante han completado un programa formativo de al menos un año de duración. Este programa debe estar reconocido oficialmente y estar relacionado con la ocupación en la que se quiere trabajar.

Por tanto, es una vía más que permite obtener la autorización de residencia y trabajo en España.

Esquema solicitud arraigo por formación

Con el objetivo de que comprendes mejor el procedimiento de solicitud, te hemos preparado un diagrama de flujo sobre la solicitud de arraigo de formación paso por paso. Luego puedes ir siguiendo la guía escrita para mayor información.

paso a paso solicitud arraigo formacion

¿Quiénes pueden solicitar el arraigo por formación?

Para solicitar el arraigo por formación, debes cumplir los siguientes requisitos:

  • Tener un contrato de trabajo o una oferta de trabajo que cumpla con las condiciones laborales y salariales establecidas en la ley española.
  • Haber completado un programa formativo de al menos un año de duración, reconocido oficialmente y relacionado con la ocupación en la que se quiere trabajar.
  • Tener un seguro de salud válido en España.

Además, debes estar en España de forma legal durante al menos tres años antes de la solicitud del arraigo por formación.

Requisitos para solicitar el arraigo por formación

RequisitoDescripción
NacionalidadDebes asegurarte de no ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, ni familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
Antecedentes penalesEs fundamental no tener antecedentes penales en España y en tu país de origen o en los países en los que hayas residido durante los últimos cinco años.
Prohibición de entrada y no figurar como rechazableNo debes tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
Compromiso de no retornoDebes asegurarte de no encontrarte dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que hayas asumido al retornar voluntariamente a tu país de origen.
Permanencia en EspañaDebes haber permanecido en España de manera continua durante al menos dos años previos a la solicitud de la autorización. Se entiende que la permanencia es continua si no has estado ausente por más de 90 días en los últimos dos años.
FormaciónDebes comprometerte a realizar una formación reglada para el empleo o a obtener un certificado de profesionalidad.

También se aceptan cursos para obtener la certificación de aptitud técnica o habilitación profesional necesaria para el ejercicio de una ocupación específica, así como cursos de actualización de competencias y habilidades profesionales de universidades.

Y, por supuesto, tienes que matricularte en un plazo máximo de tres meses después de recibir la notificación de la resolución de la autorización de residencia.
Pago de la Tasa correspondienteDebes abonar la tasa correspondiente por la tramitación del procedimiento. El precio de esta tasa en el momento de redactar este artículo es de 10,94 €. Modelo 790-código 052. Accede al modelo aquí

Se devengará en el momento de admisión a trámite de la solicitud, y deberá abonarse en el plazo de diez días hábiles.

Guía rellenar modelo 790-052

Tras acceder al modelo en el punto anterior, verás la siguiente pantalla donde tendrás que elegir el tipo de pago de la tasa 052

modelo 790-052 tasa arraigo formación formulario

El primero será para el pago telemático y necesitarás certificado digital o usuario + contraseña

En el segundo caso, será cuando no tengas autenticación electrónica. Será rellenar, imprimir y hacer el pago ante una entidad financiera o por adeudo en cuenta.

El siguiente paso será indicar la provincia donde se realizará la solicitud. Pincha en el mapa la provincia que te corresponda:

modelo 790-052 tasa arraigo formación provincia

Verás el siguiente formulario que deberás cumplimentar. Dentro de ella, rellena tus datos y haz check en el apartado 2.1 «Autorización inicial de residencia temporal (excepto por circunstancias excepcionales)»

modelo 790-052 tasa arraigo formación formulario online

Después de lo anterior, solo queda realizar el pago y guardar el justificante

¿Qué documentación necesitas para la solicitud del arraigo por formación?

Para solicitarlo, se requiere presentar una serie de documentos y cumplir con ciertos requisitos.

Documento/requisitoDescripción
Modelo oficial de solicitud (EX-10)Imprimir y completar en duplicado. Se trata del modelo de solicitud, donde deberás rellenar tus datos y el tipo de autorización que necesitas, en este caso, el de Arraigo Formación. No te confundas pro el de arraigo laboral.
Pasaporte/título de viaje/cédula de inscripciónCopia completa con vigencia mínima de cuatro meses.
Documentación de permanencia continuadaDocumentación que justifique la presencia en España durante al menos dos años.
Certificado de antecedentes penalesExpedido por las autoridades del país o países en los que haya residido durante los últimos cinco años.
Compromiso de realización de formaciónReflejado en el modelo oficial de solicitud o en manifestación por escrito.
Traducción juradaSi se aportan documentos de otros países, deben estar traducidos al castellano o lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud por un traductor jurado.
LegalizaciónTodo documento público extranjero debe ser previamente legalizado por la Oficina consular de España o por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, salvo que esté exento de legalización en virtud de Convenio Internacional.

Nota Es importante tener en cuenta que si se aportan documentos de otros países, estos deben estar traducidos al castellano o lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud por un traductor jurado.

Además, cualquier documento público extranjero debe ser legalizado previamente por la Oficina consular de España con jurisdicción en el país en el que se ha expedido el documento, o por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, a menos que esté exento de legalización en virtud de Convenio Internacional.

¿Cómo solicitarlo?

AspectoInformación
¿Quién puede presentar la solicitud?Tú, como extranjero, puedes presentar la solicitud personalmente. Si eres menor o incapaz, puede hacerlo tu representante legal.
¿Dónde se presenta la solicitud?Debes presentarla en la Oficina de Extranjería de la provincia en la que tengas fijado tu domicilio.

También puedes hacerlo electrónicamente a través de la sede electrónica del Ministerio de Política Territorial.
¿Cuál es la tasa a pagar?Modelo 790-052.
¿Cuánto tiempo tardan en resolver la solicitud?El plazo de resolución es de 3 meses, contados a partir del día siguiente a la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación.

Si la Administración no ha practicado la notificación en dicho plazo, se podrá entender que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo. Te avisarán por el Tablón Edictal Único (TEU) en caso de que no hayan podido notificarte la resolución.
¿Cuándo se debe solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero?Una vez que te hayan concedido la autorización, tienes un plazo de un mes para solicitar personalmente la Tarjeta de Identidad de Extranjero.

Recuerda: Modelo EX-17. Deberás hacerlo en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía de la provincia donde se haya tramitado la autorización. Debes llevar justificante del pago de la tasa de emisión de la tarjeta TIE y 3 fotos carnet a color.
¿Plazo justificar matriculación?Tendrás 3 meses para acreditar la matriculación. Dicha acreditación deberá realizar en la sede electrónica del Ministerio de Política Territorial como aporte de documentación al expediente

Conclusión

Como puedes ver, la solicitud del arraigo pro formación requiere una serie de pasos y procedimientos administrativos. Es importante que controles los tiempos y dispongas de toda la documentación necesaria. ¡Esperamos que lo consigas!

En esta guía se utilizan las siguientes herramientas:
Fernando Acevedo
Con una profunda pasión por el marketing digital, un entusiasmo vibrante por las tecnologías de vanguardia y de las relaciones laborales, me dedico a explorar y compartir conocimientos en estos ámbitos.
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