Contrato temporal. De trabajo en grupo

Características del contrato

Celebrado con un grupo de personas trabajadoras considerado en su totalidad.

La empresa no tendrá frente a cada uno de sus miembros los derechos y deberes que como tal le competen.

El/la jefe/a de grupo ostentara la representación de los que lo integran, respondiendo de las obligaciones inherentes a dicha representación.

El contrato podrá ser verbal o escrito.

Su duración podrá ser duración determinada.

El contrato se comunicará al Servicio Público de Empleo en el plazo de diez días y se comunicará su celebración en el mismo plazo si es verbal.

Normativa

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Miguel Escobar Navarro
Asesor Laboral en Aprende RED - Ayudo a gestores y asesores laborales al uso del Sistema RED y otras gestiones laborales