¿Cotizaciones en diferentes regímenes afectan prestación por incapacidad?

Fecha última actualización: 08 de marzo 2023

Si un trabajador no era el responsable del pago en su último régimen, pero ha pertenecido a algún otro régimen en el que sí lo era, ¿se le exigirá estar al corriente de sus cotizaciones solo si estas producen efectos en el acceso o en la cuantía de la prestación? Por ejemplo, si un trabajador ha estado en un régimen de trabajadores por cuenta ajena y luego en un régimen de autónomos, ¿se le exigirá estar al corriente de sus cotizaciones en ambos regímenes para acceder a la prestación por incapacidad temporal?

Respuesta a la consulta

En principio, si se trata de un trabajador responsable del ingreso de cotizaciones, será necesario que esté al corriente, aunque la prestación sea reconocida, como consecuencia del cómputo recíproco, en un régimen de trabajadores por cuenta ajena.

A efectos de la exigencia o no de que el trabajador se halle al corriente, se tendrá en cuenta el último régimen en que haya figurado en alta antes de causar la prestación:

  • Si en el último régimen el trabajador era el responsable del pago, para causar derecho a la prestación, será necesario que no tenga ninguna deuda pendiente en ninguno de los regímenes a que hubiera pertenecido a lo largo de su vida laboral.
  • Si en el último régimen el trabajador no era el responsable del pago, pero ha pertenecido a algún otro régimen en que sí lo era, se exigirá que esté al corriente únicamente si las cotizaciones a esos otros regímenes producen efectos para el acceso o en la cuantía de la prestación.

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