¿Es posible que los periodos de disfrute de prestaciones económicas de la Seguridad Social y los meses que se hayan tenido en cuenta para el cálculo de la base reguladora de las mismas sean objeto de regularización? Por ejemplo, si se detecta un error en el cálculo de la base reguladora, ¿se puede revisar la prestación correspondiente?
Regularización de prestaciones de Seguridad Social
Fecha última actualización: 21 de octubre 2023
Respuesta a la consulta
No. Los periodos de disfrute de prestaciones económicas de la Seguridad Social, así como los meses que se hayan tenido en cuenta para el cálculo de la base reguladora de las mismas no son objeto de regularización consolidándose como bases definitivas.
No procede, por este motivo, la revisión de las prestaciones.
La Base de cotización deviene definitiva.
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