Mi consulta tiene que ver con el procedimiento que hay que hacer al fallecer el titular de una cuenta CCC este jueves pasado día 11 de noviembre. En concreto:
- Esta persona entró durante un mes en el hospital y ha dejado algunas deudas en Tesorería, etc. No atendió el pago de los SS del mes de septiembre, ni el 100% de las nóminas del mes de octubre.
- Procedí a dar de baja con fecha 31 de octubre a un trabajador (me llamó desde el hospital) pero sigue habiendo en su negocio 2 trabajadores (es una cafetería) y, aunque en principio han ido a trabajar hasta hoy domingo 14 de noviembre, y aunque hay una reunión con un familiar por si se queda con el negocio, entiendo que puede haber problemas pues, aparte de la deuda anterior, esta persona ya dejó de desatender otras deudas en TGSS siendo una cifra tan elevada que no creo que vaya a haber continuidad.
- Quiero saber si queda suspendida dicha relación con el deceso o hay algo que deba realizar aparte con los trabajadores: «fin por defunción del titular del negocio»… y las respectivas comunicaciones con TGSS (y supongo que también a la AEAT).