Tenemos concedidas por parte de la Autoridad Laboral la prórroga del ERTE por Limitación hasta el 28/02/22, y ya hemos enviado el listado en Excel a la autoridad competente. Mi pregunta es: ¿se deberá cambiar el TIPO DE INACTIVIDAD a 084? En nuestro caso, que sí vamos a realizar la formación, ¿dónde deberemos indicarlo? Creo que será en alguna de las casillas de nueva creación, o bien, en la Declaración Responsable o en los Cambios de Contrato de cada trabajador. En espera de sus noticias.
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