Artículo 360. Cuantía.
La cuantía de la prestación económica por parto o adopción múltiples será la siguiente:
Número de hijos nacidos o adoptados |
Número de veces el salario mínimo interprofesional |
---|---|
2 |
4 |
3 |
8 |
4 y más |
12 |
»
Normativa: Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
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