Disposición final novena. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
El Gobierno y el Ministerio competente en materia de igualdad; de acuerdo con lo previsto en esta ley y en el ámbito de sus respectivas competencias; podrán dictar las normas reglamentarias necesarias para el desarrollo y aplicación de esta ley.
Normativa: Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación.
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