Artículo 118. Presentación de posturas en sobre cerrado.
1. Entre la convocatoria y el día hábil inmediatamente anterior a la celebración de la subasta; los licitadores presentarán sus posturas en sobre cerrado e independiente para cada bien o lote de bienes; indicándose en su exterior el número de dicho bien o lote; e incluyendo en su interior copia del documento nacional de identidad o; si se trata de extranjeros; de su documento de identificación y de la acreditación de la representación con que; en su caso; se actúe; así como el importe de la postura con la firma del interesado.
2. Simultáneamente a la presentación de la oferta; el licitador deberá constituir depósito mediante cheque certificado; visado o conformado por el librado; por importe; en todo caso; del 25 por ciento del tipo establecido para la enajenación del bien de que se trate. El cheque será nominativo a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social; y deberá reunir los requisitos establecidos en el artículo 22. En la certificación; conformidad o visado expedido por el librado; se hará constar que se garantiza la existencia de fondos suficientes en la cuenta del librador; obligándose el librado a retener el importe para su pago hasta 10 días; como mínimo; posteriores a la fecha en que se hagan públicas las ofertas presentadas.
3. Tanto las ofertas como la constitución de los depósitos deberán realizarse; en todo caso; en la sede de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en la que se tramite el expediente.
A efectos de posibles adjudicaciones; en el justificante que acredite haber presentado oferta se hará constar la hora y minuto en que ésta se haya realizado; así como el número de orden que le haya correspondido.
Normativa: Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social.
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