Artículo 47 bis. En el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios establecido dentro del Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
(Suprimido)
Se suprime; con efectos de 1 de enero de 2023; por el art. 1.5 del Real Decreto 504/2022; de 27 de junio. Ref. BOE-A-2022-10677
Téngase en cuenta que se modifica la entrada en vigor del citado Real Decreto por el art. 6.2 del Real Decreto-ley 13/2022; de 26 de julio. Ref. BOE-A-2022-12482
Se añade por el art. 1.6 del Real Decreto 1382/2008; de 1 de agosto. Ref. BOE-A-2008-14777
»
Normativa: Real Decreto 84/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social.
¿Tienes más dudas sobre el Artículo 47 bis del Reglamento afiliación e Inscripción Seguridad Social?