Tengo una empresa de talleres de reparación donde los administradores son solidarios (padre e hija al 50%). ¿Sería posible que la hija tuviera una nómina? Entiendo que para ello debería darse de baja como administradora y además, aunque no vive en casa de los padres, creo que tendría que estar dada de alta igualmente en el régimen de autónomo. Sería una nómina con retenciones y seguridad social, pero no tendría derecho a prestación por desempleo, ¿es así?
Es mejor que siga como administradora solidaria ya que el autónomo va teniendo los mismos derechos que un trabajador por cuenta ajena en un plazo de 7 años.