Estoy intentando enviar un proceso de IT por contingencias comunes de una trabajadora autónoma, y no permite hacerlo porque pide obligatoriamente el c.c.c. cuando un autónomo persona física no tiene obligación de tenerlo si carece de trabajadores. ¿Es obligatoria la comunicación de los procesos de i.t. de los autonomos al INSS?
Comunicación de procesos de IT para autónomos: ¿obligatoria al INSS?
Fecha última actualización: 21 de octubre 2023
Respuesta a la consulta
Contenido exclusivo para miembros
Suscríbete hoy mismo para acceder a todo el contenido y recibir soporte ilimitado
Descargo de responsabilidad: Ten en cuenta que la respuesta a esta consulta ha sido proporcionada considerando el momento y las circunstancias, así como cualquier información adicional proporcionada, lo que podría diferir de otras consultas de naturaleza similar. Los miembros de Aprende RED pueden utilizar el chat y proporcionar toda la información necesaria para resolver su consulta.
Te puede interesar
- Autónomo societario con ingresos brutos anuales de 33.000€.
- Facturación de empresa de autocares y agencia de viajes.
- ¿Puede la hija de los administradores tener una nómina en la empresa?
- Ingreso de alquiler y refinamientos netos para autónomos.
- Cómo aplicar la comunicación de varias actividades y personas vinculadas a empresas RD 504 2022